El BOE ha hecho publica una
SENTENCIA del Tribunal Supremo que, literalmente, dice “... anulamos, por ser contrario a derecho, el inciso 4.2.c.2 de la
ITC BT-03 anexa a dicho Reglamento...”. La ICT BT-03 se refiere a “Instaladores Autorizados en Baja Tensión” y el párrafo anulado habla de la obligatoriedad de que los titulados de primer y segundo ciclos de ingeniería pasen examen para obtención del carné de instalador. En consecuencia, tras este fallo judicial, dicha obligatoriedad queda eliminada.
El COGITI nos ha informado que varios gobiernos autonómicos han reconocido esta circunstancia mediante disposiciones al efecto. Ver:
En julio de 2004 el Consejo General de Colegios ha elaborado un Dictamen acerca del alcance de nuestras Atribuciones Profesionales para llevar a cabo Inspecciones y Procedimientos de Evaluación de Conformidad, en el ámbito del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión. Se trata de un voluminoso Informe que analiza en profundidad tales cuestiones con el fin de aclarar nuestra participación en dichas tareas. Aquellos Colegiados interesados en disponer de dicho Informe pueden solicitarlo en las Sedes Corporativas de Coeticor en Ferrol, A Coruña o Santiago de Compostela.